Autor: Nicolás Llantén[1]
Mencionaba el futuro presidente Balmaceda, en una reunión en 1881, lo siguiente:
“Pensando, adquirimos la noción de nuestros deberes y derechos, y, cumpliendo nuestros deberes o ejerciendo nuestros derechos, llegamos en el Estado a la necesidad de formar al individuo con la triple libertad de la palabra hablada, de la palabra escrita, y de la palabra profesada”.
¿De dónde proviene esta idea? Del pensador norteamericano, Thomas Paine (1737-1809). En el texto “Los Derechos del Hombre” (1791), expresa lo siguiente:
“Derechos naturales son aquellos que corresponden al hombre por el mero hecho de existir. De esta índole son los derechos intelectuales o derechos de la mente, y también aquellos derechos de actuar, en cuanto individuo, para su propia comodidad y felicidad, siempre que no lesione los derechos naturales de los otros. Son derechos civiles aquellos que corresponden al hombre por el hecho de ser miembro de la sociedad. Todo derecho civil tiene por base algún derecho natural preexistente en el individuo, pero cuyo disfrute personal no está suficientemente asegurado en todos los casos. De esta índole son los que se relacionan con la seguridad y protección”.
[1] Licenciado en Historia y Educación por la Universidad de Valparaíso (UV), Chile. Magíster en Historia por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
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