Autor: Nicolás Llantén[1]
Analizaba y criticaba el presidente Balmaceda, mientras redactaba el que sería su trascendental testamento político, en 1891, lo siguiente:
“Si el Poder Judicial que hoy funciona es digno de este nombre, no podría hacer responsables a los miembros del gobierno constituido por los actos extraordinarios que ejecutara compelido por las circunstancias, sin establecer la misma y aún mayor responsabilidad para los directores de la revolución.
(…) Si se rompe la igualdad de la justicia en la aplicación de las leyes chilenas, ya que se pretende aplicarlas únicamente a los vencidos, se habrá constituido la dictadura política y judicial más tremenda, porque sólo imperará como ley suprema la que proceda de la voluntad del vencedor”.
¿De dónde proviene esta idea? Del pensador norteamericano Thomas Paine (1737-1809). En su texto “Los Derechos del Hombre” (1791), presentaba lo siguiente:
“En materia de ejecución de las leyes, lo que se llama poder judicial es, en sentido estricto y propio, el poder ejecutivo de todo país. Es a ese poder al que todo individuo tiene que apelar y el que hace que la ley sea ejecutada; y no tenemos ninguna otra idea clara respecto a la ejecución oficial de las leyes. En Inglaterra, y también en Norteamérica y Francia, este poder comienza por el juez de paz y se desarrolla a través de todos los tribunales de justicia”.
[1] Licenciado en Historia y Educación por la Universidad de Valparaíso (UV), Chile. Magíster en Historia por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
Puedes descargar este texto, en un documento en formato PDF, haciendo clic aquí