Autor: Nicolás Llantén[1]
Indicaba un joven José Manuel Balmaceda, con respecto a la situación anómala que representaba la Iglesia y su relación con el Estado, en 1869, lo siguiente:
“En la Constitución, desde que somos una República, una democracia, no pueden consignarse racionalmente principios que sean una negación de la igualdad y una negación de la libertad”.
¿De dónde proviene esta idea? Del pensador francés Jean Jacques Rousseau (1712-1778). En su texto “El Contrato Social” (1762), menciona lo siguiente:
“(…) el pacto social establece entre los ciudadanos una igualdad tal, que se comprometen todos bajo las mismas condiciones y, por tanto, que deben gozar todos los mismos derechos. Así, por la naturaleza de pacto, todo acto de soberanía, es decir, todo acto auténtico de la voluntad general, obliga y favorece igualmente a todos los ciudadanos; de suerte que el soberano conoce solamente el cuerpo de la nación y no distingue a ninguno de aquellos que la componen”.
[1] Licenciado en Historia y Educación por la Universidad de Valparaíso (UV), Chile. Magíster en Historia por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
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