Autor: Nicolás Llantén[1]
Explicaba un joven José Manuel Balmaceda, en 1869 con respecto a la ley de reforma electoral, lo siguiente:
“La soberanía popular es la primera ley, la ley de las leyes en toda nación constituida según los principios democráticos. Luego una ley electoral, que no es más que el conjunto de reglas conforme a las cuales puede ejercerse la soberanía, nombrando el pueblo sus delegados, sus representantes, para que la ejerzan y practiquen en beneficio de la comunidad, es siempre una ley fundamental y de la mayor importancia para la sociedad política del Estado”.
¿De dónde surge esta idea? Del pensador francés, Jean Jacques Rousseau (1712-1778). En el texto “El Contrato Social” (1762), explica lo siguiente:
“(…) el pacto social establece entre los ciudadanos una igualdad tal, que se comprometen todos bajo las mismas condiciones y, por tanto, que deben gozar todos los mismos derechos. Así, por la naturaleza de pacto, todo acto de soberanía, es decir, todo acto auténtico de la voluntad general, obliga y favorece igualmente a todos los ciudadanos; de suerte que el soberano conoce solamente el cuerpo de la nación y no distingue a ninguno de aquellos que la componen”.
[1] Licenciado en Historia y Educación por la Universidad de Valparaíso (UV), Chile. Magíster en Historia por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
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