Siete senadores formaron parte de este primer cuerpo legislativo que, entre otras materias, aprobó la primera ley de libertad de Prensa, la de instrucción primaria, la de policías, la de tribunales militares y la dictada a favor de los indios.

El primer Senado de la República estuvo compuesto por 7 senadores, quienes representaron a las provincias de Coquimbo (2 miembros), Concepción (2 miembros) y Santiago (3 miembros). Fueron electos por un sistema de voto denominado como “sistema de suscripciones”, que consistía en “firmar al pie de las notas preparadas de antemano”.

El eclesiástico y doctor en Teología de la Universidad de San Felipe, Pedro De Vivar y Azúa, fue elegido su primer Presidente mientras que, los otros integrantes fueron: el fundador de La Aurora de Chile, Fray Camilo Henríquez; el sabio jurista, Juan Egaña; el ex regidor y alcalde, José Nicolás de la Cerda; el ex diputado Francisco Ruiz Tagle; el joven abogado Manuel Antonio Araoz Carrera y el secretario de la Primera Junta de Gobierno, José Gaspar Marín, titulares. Además de los suplentes: Ramón Errázuriz, Joaquín Gandarillas y Joaquín Echeverría.

Todos sus integrantes reunían un peso intelectual, económico y social muy significativo. Fray Camilo Henríquez, fue su segundo Presidente y se considera también como padre intelectual del Reglamento Constitucional que dio origen a este cuerpo legislativo, junto con los ex diputados Manuel de Salas y Francisco de la Lastra, el doctor en derecho, Jaime Zudáñez; el intelectual guatemalteco, José de Irrisari y los abogados Francisco Antonio Pérez e Hipólito Villegas.

ORIGEN DEL PRIMER SENADO

Este cuerpo legislativo surgió tras el primer Congreso de 1811, en medio de los cruentos movimientos por la Independencia y a instancias del independentista José Miguel Carrera.

El 31 de octubre de 1812, un grupo de 300 vecinos de Santiago aprobó el documento propuesto por Carrera como primer Reglamento Constitucional Provisorio. Dicho texto establecía, en su artículo 7, la creación del Primer Senado de Chile, como única cámara legislativa:

“Artículo 7º. Habrá un Senado compuesto de siete individuos, de los cuales el uno será Presidente, turnándose por cuatrimestres, y otro Secretario. Se renovará cada tres años, en la misma forma que los vocales de la Junta. Sin su dictamen no podrá el gobierno resolver en los grandes negocios que interesen la seguridad de la patria, y siempre que lo intente, ningún ciudadano armado o de cualquiera clase deberá auxiliarlo ni obedecerle, y el que contraviniese será tratado como reo de Estado. Serán reelegibles.”

El reglamento también estableció una Junta Superior Gubernativa, que tendría a su cargo el gobierno interior y las relaciones con otros estados y estaría compuesta de tres miembros. Su mandato era por tres años, renovándose uno al final de cada año. Dichos miembros se turnarían en la presidencia de la junta por cuatrimestres y, no podían ser reelegidos hasta pasados los tres años.

ORGANIZACIÓN Y PRINCIPALES LEYES

El Primer Senado funcionó en el edificio del antiguo Tribunal del Consulado, ubicado en la esquina surponiente de las calles Compañía y Bandera (Actuales Tribunales de Justicia frente a los jardines del ex Congreso en la capital). A su estructura física se sumó una estructura interna y las primeras reglas de su funcionamiento: reunirse dos veces a la semana ordinariamente y en forma extraordinaria cuando se requiriese; llevar diarios o actas de las reuniones y nombrar a uno de sus miembros como Presidente y, a otro como Secretario.

En el discurso de la sesión de apertura, el 1 de noviembre de 1812, don Pedro De Vivar y Azúa, -declarado independentista-, hizo una sentida reflexión sobre los deberes y proyecciones de este cuerpo legislativo. «El honor que nos confiere la patria está unido a grandes deberes, reposando en nosotros las esperanzas de un pueblo libre y virtuoso, debiendo entender en sus asuntos más graves y arduos»… «Dichosos si, como somos los primeros en este cargo componiendo aquí el primer Senado, nombre gratísimo a los pueblos pudiese nuestra conducta y utilidad corresponder a la expectación pública y ser el ejemplo de nuestros sucesores y mereciésemos que nos citase por modelo la posteridad». (Cuerpos Legislativos, recopilación de documentos sobre el Congreso Nacional organizada por Valentín Letelier)

Esta institución republicana aprobó y sancionó varias resoluciones y leyes trascendentales de la Junta, incluso en plena Guerra de Independencia, entre las que se cuentan:

  • La ley de libertad de prensa, que reemplazó un controvertido decreto de censura previa y que dejaba “al cuidado del Senado”  su cumplimiento.
  • La ley de instrucción primaria, texto legal inédito que hacía obligatorio “para todo pueblo de cincuenta vecinos o más” mantener una escuela de primeras letras costeada por los propios recursos municipales del lugar. Se disponía además que el maestro debía cumplir una serie de requisitos y rendir un examen de idoneidad, a cambio sería ser mirado con toda consideración y honor y el Gobierno le dispensaría “particular protección”.
  • Se aprobó también la creación de la primera Biblioteca Pública iniciada con el fondo de 5 mil libros de la Universidad de San Felipe y del Instituto Nacional.
  • Se dictó la ley de policías y la de tribunales militares. Hasta ese entonces, la Capitanía de Chile contaba con la Compañía de Dragones de la Reina, destacamento creado en plena colonia y que efectuaba patrullajes diurnos y nocturnos por la ciudad, a pie y a caballo; además de montar guardia en el palacio de gobierno y en todos los edificios públicos protegiendo a sus autoridades.
  • La ley de indios que apuntaba a civilizarlos mediante su reducción a villas formales con iglesias o capillas, casa consistorial, escuela y cárcel. Le otorgaba a cada familia una vivienda de quincha o rancho con cocina y despensa todo bien aseado, bueyes, instrumentos de labranza, semillas, telar, etc. Las tierras de indígenas sería comercializadas libremente y en las villas podrían convivir y mezclarse los naturales y los españoles.
  • Asimismo se otorgó a José Miguel Carrera plenos poderes para dirigir las operaciones militares.
SENADO DE 1814

Con el nuevo Reglamento para el Gobierno provisorio del 17 de marzo de 1814, nació el Senado Consultivo, compuesto también por 7 patriotas: el respetado canónigo José Antonio Errázuriz, presidente; Salas y Henríquez que venían de las cámaras anteriores, el presbítero José Ignacio Cienfuegos y el futuro federalista José Miguel Infante, además de los juristas Gabriel Tocornal y Francisco Ramón Vicuña.

Las guerras de la independencia sumieron a esta Cámara en un torbellino de sucesivos errores que les impidió ejercer un buen desempeño legislativo. De este modo, tras la derrota militar de Rancagua, el 1 y 2 de octubre de 1814, se inició el período de la Reconquista española que duró hasta la victoria patriota de Chacabuco (12 de febrero de 1817).

En cuanto al Senado el golpe de Carrera contra el Director de la Lastra, el 23 de julio de 1814 terminó con la corporación y no hubo otros cuerpos legislativos en Chile hasta 1818.

FUENTE: El Senado.cl