La libertad, la justicia y la solidaridad: bases fundamentales del Bien Común
Señor Presidente, señores Directores, señoras y señores,
Al recibir el Premio a la Libertad 2002 que el Directorio de la Fundación Balmaceda ha tenido la generosidad de otorgarme, lo primero que me nace es expresar mi gratitud a sus miembros y, en especial, a su Presidente don Pedro Correa Opaso –que tan eficiente colaboración me prestó en el pasado- y, al mismo tiempo, rendir el homenaje de mi respeto y admiración a ese ilustre y notable chileno, el Presidente José Manuel Balmaceda, cuyo recuerdo inspira a esta Fundación que lleva su nombre.
Mirado su gobierno desde la perspectiva histórica de más de un siglo, pienso que ningún chileno puede dejar de reconocer y admirar lo mucho que Balmaceda hizo como gobernante para promover el progreso educacional de nuestra patria; el enorme impulso que dio a las obras públicas en materia de ferrocarriles, caminos, puentes, puertos, diques, canalizaciones, correos, telégrafos, construcciones educacionales, de tribunales y de cárceles, modernizando la infraestructura física y el sistema administrativo de la sociedad chilena, y su empeño por defender los intereses nacionales en la explotación de nuestras riquezas básicas –particularmente el salitre- y destinar sus ingresos al desarrollo patrio. Y más allá de las pasiones de su época, la historia ha demostrado, en mi concepto, que tenía razón al defender el régimen presidencial como el más adecuado para nuestra institucionalidad política.
Expresado lo anterior y ante el imperativo de hacer una exposición con motivo del “Premio a la Libertad” que tan generosamente se me otorga en este acto, permítanme compartir con ustedes algunas reflexiones que me suscita el valor de la libertad como atributo inherente a la dignidad de la persona humana, elemento esencial de la democracia y requisito indispensable para la paz, y su relación con otros valores éticos de análoga importancia, como son la justicia, la solidaridad y el bien común.
Muy lejos de mi ánimo está hacer gala de una erudición de que carezco. Lo que me oiréis esta tarde, más que de eruditas lecturas y de profundas reflexiones, es fruto de la experiencia de una larga vida. Hijo de padre liberal y masón y de madre católica, ambos buenos cristianos según el parecer de sus hijos y de quienes los conocieron bien, aprendí en su hogar el interés por la suerte de mi patria y de la Humanidad, la simpatía por los pobres y los débiles, el amor por la libertad y la justicia, el espíritu democrático y el anhelo y compromiso de buscar y lograr el bienestar y progreso para todos, lo que más tarde llegaría a conocer como “bien común”.
Tengo vivo el recuerdo de una tarde de invierno en que mi padre, a la sazón Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, regresó temprano de su trabajo y puso la bandera patria en el frontis de nuestra casa en San Bernardo. Luego me invitó a salir a caminar por el barrio. Muchas otras casas también exhibían la bandera. Era el 26 de Julio de 1931, el día en que cayó la dictadura del general Ibáñez. Yo, que tenía entonces poco más de doce años, le pregunté extrañado por lo que ocurría. Nunca he olvidado sus palabras: “Hoy es un gran día, porque Chile ha recuperado la libertad”.
Creo que fue en esa ocasión –no estoy seguro- cuando mi padre me contó que en su primera infancia, luego de la guerra civil del 91, su madre lo había llevado a visitar a su padre –que era oficial del Registro Civil y Regidor de San Javier- a la cárcel de esa Comuna, donde estaba recluido por haber sido conspicuo balmacedista. Espero no se crea oportunismo mío relatar aquí esta anécdota –ocurrida hace más de un siglo- en esta sede de la Fundación Presidente Balmaceda. No trato de ganar simpatías con el Balmacedismo de mi abuelo paterno, don Ricardo Patricio Aylwin Fernández, a quien no tuve la suerte de conocer; falleció poco tiempo después, siendo mi padre aún muy niño.
He creído oportuno recordar estos hechos para significar las fuertes raíces que en mi tiene el valor de la libertad, inherente a la dignidad de la persona humana y consubstancial al concepto mismo de democracia. Como enseña Georges Burdeau, catedrático de Ciencia Política de la Universidad de París, el “valor moral de la democracia, que autoriza a sus partidarios a afirmar su superioridad sobre las otras fórmulas gubernamentales”, radica en que “es la única que propone como fundamento del orden político la dignidad del hombre libre”. Y agrega Burdeau que, mediante lo que llama la “libertad-participación”, la democracia “asocia a los gobernados al ejercicio del poder para impedirle que imponga medidas arbitrarias”. De donde resulta lógico y justo decir que “la democracia es el régimen de la libertad política, porque la autoridad se funda en la voluntad de aquellos a quienes obliga”.[1]
Lo que Lincoln llamó el “gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo”, es el sistema político que garantiza a todas las personas, reconociéndolas como iguales, las libertades personales o de residencia y movilización, de creencias, de pensamiento y de opinión, de reunión, de asociación y de trabajo, sobre la base de un Estado de Derecho que sujeta el ejercicio del poder al imperio de la ley y lo divide entre órganos o autoridades independientes unas de otras que se controlan recíprocamente. El imperio del derecho y la división de los poderes son, fundamentalmente, las garantías de la libertad.
Pero la afirmación de la libertad – o de las libertades- como derecho natural inherente a todas las personas, plantea la exigencia de establecer normas para que efectivamente todas puedan gozar de ellas.
Porque en todo tiempo, pero particularmente en las sociedades multitudinarias de nuestro tiempo, se hace evidente la necesidad de regular el ejercicio de ciertos derechos y libertades como requisito indispensable para que todos puedan ejercerlos.
El ejemplo más elemental, cotidiano y gráfico es, para mí, lo que sucede con la libertad de circulación y tránsito, expresión elemental o primaria de la libertad personal, que garantizan el art. 13 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y, en nuestro país, el N° 7 del art. 19 de la Constitución Política. El primero consagra el derecho de “toda persona” a “circular libremente en el territorio” de un Estado. El segundo asegura a todas las personas el derecho de “trasladarse de un lugar a otro” dentro del territorio de la República y a “entrar y salir de él”. ¿Qué más claro?
Pero el ejercicio de este derecho de libre circulación o tránsito, tan esencial e inherente a la libertad personal, que tal vez en épocas pasadas –en que la población no era demasiado numerosa, ni habían vehículos motorizados- pudo realizarse sin traba alguna, en las sociedades multitudinarias de nuestro tiempo está sujeto a regulaciones que surgen de la necesidad de hacerlo posible, eficaz y oportuno a todos, como también de exigencias de seguridad. Así lo dispone expresamente, en nuestro país, la letra a) del citado precepto de la Constitución Política, al condicionar su ejercicio a que “se guarden las normas establecidas en la ley y salvo siempre el perjuicio de terceros”.
Las regulaciones municipales que fijan el sentido en el cual podemos transitar en determinadas calles o avenidas urbanas limitan, sin duda, mi libertad de trasladarme de un lugar a otro, obligándome a seguir una ruta diversa de la que yo hubiera preferido. Pero estas surgen de la necesidad de hacer compatible la libertad de tránsito o movilización de todos los que quieran ejercerla a un mismo tiempo, que no podrían llegar donde necesitan hacerlo si entraran simultáneamente sus vehículos en direcciones opuestas.
Y esto que ocurre con la libertad de tránsito en lo relativo al sentido y a la velocidad, sucede también en las sociedades de nuestro tiempo en el ejercicio de las más diversas libertades, por razones de salud pública, de seguridad nacional, de planificación urbana, de protección del medio ambiente y muchas otras. ¿Quién, a esta altura de los tiempos, se atrevería a invocar la garantía constitucional de su libertad para desconocer o eludir estas regulaciones, establecidas precisamente para hacer posible a todos, su ejercicio?
Es que las libertades y derechos personales deben compatibilizarse con el “bien común”, que ha sido definido como “el conjunto de aquellas condiciones de la vida social con las cuales los hombres, las familias y las asociaciones pueden lograr con mayor plenitud y facilidad su propia perfección”.[2] Bien común que, en palabras de Maritain, es “común al todo y a las partes”, a la sociedad en su conjunto, cuyo órgano es el Estado –que existe precisamente para buscar y construir ese “bien común”- y a todas y cada una de las personas que constituyen la sociedad política.[3]
¿A dónde quiero llegar con este raciocinio? A poner en claro que, en mi opinión, siendo la libertad un valor fundamental para lograr la democracia, no es el único ni suficiente. Porque el fin de la democracia, como forma de organización de la sociedad constituida en Estado, es lograr el bien común y para ello no basta con la libertad, en su sentido natural de facultad de las personas de hacer o no hacer lo que su inteligencia y voluntad le sugieran; son también indispensables la justicia y la solidaridad.
Algo de esto expresó el Presidente de Estados Unidos Franklin Délano Roosevelt cuando en 1944, durante la Segunda Guerra Mundial, lanzó su célebre proclamación de “las cuatro libertades”: la “libertad de palabra y expresión”; la “libertad de cada cual para adorar a Dios según sus creencias”, la de “estar libres de necesidades” y la de “estar libres de temor”.
Esta concepción fue recogida y desarrollada en la Declaración Universal de Derechos Humanos adoptada y proclamada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas el 10 de Diciembre de 1948, que no sólo proclama y especifica las libertades políticas tradicionales de la democracia del siglo XIX, sino que también incorpora libertades y derechos de contenido económico social como los derechos a la propiedad (art. 17), a la educación (art. 26), a la seguridad social (art. 22), al trabajo y a una remuneración equitativa (art. 23), al descanso (art. 24) y a un nivel de vida adecuado que garantice a cada persona y a su familia la salud y el bienestar (art. 26).
Este compromiso solemne y prácticamente universal, complementado por los Pactos Internacionales de Derechos Civiles y Políticos y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, acordados por la ONU en Diciembre de 1966, condensa y específica no sólo aspiraciones o ideales, sino lo que la conciencia moral de nuestro tiempo exige como requisitos para construir la paz en la convivencia humana.
Merece señalarse que este planteamiento coincide en lo fundamental con el que en 1963 formuló el Pontífice Juan XXIII en su Encíclica “Pacem in Terris”, en que proclama que “la paz en la tierra, suprema aspiración de la Humanidad a través de la historia… ha de fundarse en la verdad, la justicia, el amor y la libertad”.
Pienso que esto que vale en el nivel internacional, rige igualmente y con mayor razón en el seno de cada nación. Construir la paz en la convivencia patria exige que ésta se funde en el respeto a la verdad, en la vigencia de la libertad, en el imperio de la justicia y en la práctica de la solidaridad –expresión social del amor fraterno-.
Creo que ya hemos dicho lo necesario sobre el significado e importancia fundamental de la libertad.
En cuanto a la verdad, cuyo respeto es –sin duda- condición esencial para la convivencia humana –tanto a nivel privado, en el seno de las familias, como en el ámbito público, de las naciones y de la comunidad internacional– nada puede garantizarla mejor que la plena vigencia de la libertad de información o de opinión.
Como expresé en solemne ocasión, cuando a comienzos de 1991 di a conocer al país el Informe de la Comisión de Verdad y Reconciliación sobre las violaciones a los Derechos Humanos que esa Comisión investigó, “el imperio de la verdad es el fundamento de toda convivencia. Esto es válido en los múltiples niveles de la vida social, desde el hogar hasta la comunidad universal; rige tanto para las relaciones familiares como para las relaciones en el seno de las naciones, o entre ellas. Donde la verdad no es respetada, se quiebra la confianza entre las personas; surgen las dudas, las descalificaciones y, consiguientemente, los odios y la tentación de la violencia. La mentira es la antesala de la violencia e incompatible con la paz”.
En el ámbito público, el conocimiento, difusión y respeto a la verdad está íntimamente ligado a la plena vigencia de la libertad de información y de opinión. Cuando por abuso de la autoridad, o por el predominio de ciertas concepciones ideológicas, tendencias o intereses en el control de los medios de comunicación, la opinión pública no conoce plenamente la verdad o las noticias llegan a ella deformadas o parciales, se quiebra la confianza pública esencial para la convivencia pacífica.
Permítanme decir ahora algunas palabras sobre los otros dos soportes de la paz: la justicia y la solidaridad.
La justicia, a la que Ulpiano definió como “la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo que le corresponde”, no sólo tiene aplicación en las relaciones privadas entre las personas; ya desde los tiempos de los griegos se le considera –con razón- como una virtud necesaria para la estabilidad social. Platón se ocupó de ella en su Tratado de la República, como cualidad fundamental del buen orden político. Aristóteles complementó el concepto de “justicia conmutativa” –que regula las relaciones entre las personas- con el de “justicia distributiva” –referente a las relaciones entre los individuos y la sociedad política-. En la Edad Media, Santo Tomás entendió a esta última –la distributiva- como la rama de la justicia que regula las relaciones de los entes políticos con sus miembros.
Seis siglos después, ante la aparición, con el desarrollo del sistema económico capitalista, de la llamada cuestión social, por la inicua explotación de que los trabajadores fueron víctimas por parte de sus empleadores, imponiéndoles “un yugo que difería poco del de los esclavos” -según palabras de la Encíclica Rerum Novarum del Papa León XIII- surgió el concepto de “justicia social”. Referido específicamente en un comienzo a la distribución de los ingresos de la empresa entre capitalistas y trabajadores, se extiende en nuestros días, de modo más general, a la distribución de la riqueza en el conjunto de la sociedad. “Una de las mayores injusticias del mundo contemporáneo –ha escrito Juan Pablo II- consiste precisamente… en que son relativamente pocos los que poseen mucho y muchos los que no poseen casi nada. Es la injusticia de la mala distribución de los bienes y servicios destinados originariamente a todos”. Y agrega el Pontífice: “Este es, pues, el cuadro: están aquellos –los pocos que poseen mucho- que no llegan verdaderamente a “ser” porque, por una inversión de la jerarquía de los valores, se encuentran impedidos por el culto del “tener”; y están los otros –los muchos que poseen poco-, los cuales no consiguen realizar su vocación humana fundamental al carecer de los bienes indispensables.[4]
El problema se plantea no sólo en las relaciones entre empresarios y trabajadores; también surge en las transacciones propias del comercio. Las sociedades de mercado que prevalecen en nuestros días se han demostrado muy eficientes para crear riqueza, pero injustas para distribuirla. La competencia estimula la producción, el mejoramiento de la calidad y variedad de las mercaderías y la baja de sus precios; pero para lograrlo real y sostenidamente supone cierto grado importante de igualdad entre los competidores. Si esto no ocurre, pasa lo que en la fauna marina: el pez más grande se come al más chico y termina acabándose la competencia por el triunfo absoluto del más poderoso que impone al mercado sus propias condiciones. Para evitarlo se hace indispensable que el Estado, órgano del bien común, establezca las regulaciones indispensables en defensa de la justicia y del bien común.
Es lo que ha dicho reiteradamente Michel Camdessus, ex Director General del Fondo Monetario Internacional, a quien nadie podría acusar de ignorante ni de demagogo: “A la mano invisible del Estado hay que agregar la mano firme de la justicia del Estado y la mano de la solidaridad”.
Cuando la libertad se traduce, en la práctica, en el abuso del fuerte sobre el débil -al que de hecho se priva de su libertad-, la justicia y el bien común exigen regular su ejercicio para lograr el equilibrio en las relaciones sociales. Es lo que en el ámbito contractual privado hacen las llamadas “normas de orden público” –como las que tradicionalmente ponían límite a las tasas de interés- o doctrinas como “la teoría de la imprevisión” que la jurisprudencia ideó para corregir lo convenido cuando por circunstancias sobrevivientes no previstas se rompe el equilibrio en las prestaciones acordadas por las partes. Si en el ámbito del propio Derecho Privado, regido por el principio de la autonomía de la voluntad o libertad contractual, se imponen esta clase de limitaciones a dicha libertad de las partes, con mayor razón ello resulta necesario y legítimo en el ámbito de las relaciones de carácter social, que comprometen los derechos e intereses de la sociedad en su conjunto; así lo exige la justicia.
El otro valor que, en mi concepto, es fundamental a las sociedades humanas para construir la paz en la convivencia colectiva, junto con la libertad y la justicia, es la solidaridad a que Camdessus se refiere.
Esta, la solidaridad, que importa una actitud social y una virtud moral, ha sido definida por el actual Pontífice Juan Pablo II como “la determinación firme y perseverante de empeñarse por el bien común, es decir, por el bien de todos y cada uno, para que todos seamos verdaderamente responsables de todos”.[5] La solidaridad entraña la capacidad y disposición de sentir como propios los problemas ajenos y de aunar esfuerzos para superarlos. Lleva implícita la idea de que todos pertenecemos a una misma comunidad humana y que, en alguna importante medida, nuestros destinos son interdependientes. Lo que conduce y se sintetiza en la idea del “bien común”, razón de ser y tarea del Estado, a que antes me referí. Bien -al decir de Maritain- “común al todo y a las partes”, a la sociedad en su conjunto y a las personas y asociaciones que la integran, cuya búsqueda y logro es precisamente el fin de la sociedad política.
Pienso que la justicia y la solidaridad no son incompatibles con la libertad; por el contrario, la complementan, ayudando a ejercerla del modo que mejor sirva al bien común.
La Revolución Francesa, interpretando su inspiración liberal, sintetizó su sentido y objetivo en el lema: “Libertad, Igualdad, Fraternidad”. Al hablar ahora, tres siglos después, de “libertad, justicia y solidaridad”, creo que interpretamos la misma aspiración en un lenguaje tal vez menos romántico o poético, pero más comprensivo y acorde con los tiempos que vivimos.
He creído adecuado y oportuno exponer ante ustedes estas reflexiones con motivo del Premio a la Libertad que han tenido la generosidad de otorgarme. Al hacerlo, he querido afirmar mi opinión –que confío ustedes compartirán conmigo- de que la ideología liberal no es, en su esencia, sinónimo de individualismo, ni mucho menos de egoísmo. Por el contrario, una auténtica concepción liberal –que junto con afirmar la propia libertad, lleva implícita el reconocimiento de la libertad de los demás, de todas las personas- supone no sólo la tolerancia de las ideas ajenas y el respeto al otro, sino la necesidad de encontrar caminos de convivencia humana que compatibilicen la libertad de todos, tarea indispensable para construir la paz. Y tales caminos exigen -en mi modesta opinión- compatibilizar la libertad con la justicia y la solidaridad, todo ello sobre la base del respeto irrestricto a la verdad.
Termino reiterando mi reconocimiento a la Fundación Presidente Balmaceda por la distinción con que me honra. ¡Gracias, muchas gracias!
Santiago, 14 de mayo de 2003
[1] Georges Burdeau. “La Democracia”. Ediciones Ariel. Barcelona, 1960, págs. 23 y 25.
[2] Constitución “Gaudiem et Spes” de la Iglesia Católica; párrafo 74.
[3] Maritain, “El Hombre y el Estado”, Cap. I.
[4] Encíclica “Sollicitudo rei Sociales”, Nº 28
[5] Encíclica “Sollicitudo rei sociales”, N.º 38