En uno de sus discursos, el futuro presidente Balmaceda, en 1881, mencionaba lo siguiente:

“El desarrollo del individuo convertido en ciudadano nos conduce a la libertad civil en la formación de la propiedad y de la familia, a la libertad política en los comicios populares y en la organización del poder público, y a la libertad de conciencia en las manifestaciones de la fe religiosa. Queremos, pues, la libertad civil, la libertad política, y la libertad de conciencia, enteras, completas, sin restricciones, para nosotros y para nuestros adversarios, para todos los que asienten su planta sobre el suelo libre de la república”.

¿De dónde surge esta idea del futuro presidente? Del pensador inglés, John Locke (1632-1704).

El cual enuncia lo siguiente, en su Segundo tratado sobre el Gobierno Civil (1690):

“La libertad del hombre en sociedad es la de no estar bajo más poder legislativo que el que haya sido establecido por consentimiento en el seno del Estado, ni bajo el dominio de lo que mande o prohíba ley alguna, excepto aquellas leyes que hayan sido dictadas por el poder legislativo de acuerdo con la misión que le hemos confiado. Por lo tanto, la libertad no es lo que sir Robert Filmer nos dice: «una libertad para que cada uno haga lo que le plazca, o viva como guste, sin sujetarse a ley alguna»; sino que la libertad de los hombres en un régimen de gobierno es la de poseer una norma pública para vivir de acuerdo con ella; una norma común establecida por el poder legislativo que ha sido erigido dentro de una sociedad; una libertad para seguir los dictados de mi propia voluntad en todas esas cosas que no han sido prescritas por dicha norma; un no estar sujetos a la inconstante, incierta, desconocida y arbitraria voluntad de otro hombre, del mismo modo que la libertad natural consiste en no tener más trabas que las impuestas por la ley de naturaleza”.